Autónomos
Línea de financiación con aval de ELKARGI SGR a personas empresarias individuales o autónomas del País Vasco.
CIRCULANTE, AUTÓNOMOS
Objetivo
Facilitar el acceso a la financiación para atender las necesidades de liquidez de las personas empresarias individuales o autónomas del País Vasco.
Entidades beneficiarias
Personas empresarias individuales o autónomas que ejerzan su actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Principales requisitos
- Contar con 2 años naturales de actividad económica.
- Domicilio fiscal en la CAPV.
- Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las Haciendas Forales y con la Seguridad Social.
- Haber terminado con la obligación de pago de cualquier procedimiento de reintegro.
- No existir sanción penal ni administrativa que implique la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
- No hallarse en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reunir los requisitos para someterse a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de la parte acreedora.
- No haber sanción, administrativa o penalmente, en contra por incurrir en discriminación por razón de sexo.
Costes financiables
Serán susceptible de financiación las necesidades solicitadas por el demandante a excepción de aquellas que estén relacionadas con alguna de las siguientes actividades:
- Actividades inmobiliarias.
- Actividades relacionadas con armas, munición o explosivos; así como con el equipamiento e infraestructuras para uso militar o que limiten los derechos individuales o libertad de las personas o que violen los derechos humanos.
- Actividades que generen impactos medioambientales que no sean atenuados.
- Actividades controvertidas por razones éticas o morales.
- Actividades prohibidas por la legislación nacional .
o que generen más de un 10% de sus ingresos anuales a través de las siguientes actividades:
- Las dirigidas a facilitar el uso de los juegos de azar y su material.
- Las relacionadas con el tabaco.
Condiciones de la financiación
La línea tiene un límite de referencia por un importe de diez millones (10.000.000) de euros.
- Nominal por operación: un mínimo de 5.000 euros y un máximo de 20.000 euros.
- Plazo: 5 años.
- Sin carencia.
- Tipo de interés: Euribor más 1,00% anual.
- Liquidaciones: mensuales.
- Comisiones: de apertura, 0,5% del nominal.
La financiación recogerá un aval por parte de ELKARGI, SGR. Corresponderá a dicha entidad el análisis y la evaluación de las solicitudes presentadas, con carácter previo a la concesión del aval, gozando de autonomía para considerar o no susceptibles de aval las solicitudes de aval que reciba, así como para exigir las contragarantías que considere necesarias, aplicando a estos efectos los criterios de análisis y decisión utilizados habitualmente en su actividad avalista. Las condiciones del aval serán las siguientes:
- Comisión de formalización: 0,50 % del importe formalizado, abonado de una sola vez.
- Comisión del aval: hasta el 1,50 % anual, liquidándose en el momento de la formalización.
- Suscripción y desembolso de participaciones de la SGR por valor del 2% del importe de la operación, reembolsables en el momento de la cancelación.
La línea está vigente hasta el agotamiento del importe total de préstamos, o el día 31 de diciembre de 2022.
Información adicional
Las empresas interesadas deberán dirigir sus solicitudes, junto con la descripción del motivo, la documentación solicitada y el importe de sus necesidades derivadas del escenario extraordinario actual, a ELKARGI SGR a través de la página web.
- Sede de Araba/Álava: 945 23 12 12
- Sede de Bizkaia: 944 238 228
- Sede de Gipuzkoa: 943 30 91 77
El Banco Europeo de Inversiones (BEI) contribuye a financiar esta línea, mediante el préstamo para pyme y MIDCAPs concedido por el BEI al IVF.
El BEI es la institución financiera de la Unión Europea, creada en 1958 por el Tratado de Roma, cuyos accionistas son los Estados miembros de la UE. Su misión es la de financiar inversiones que favorezcan la integración económica y una mayor cohesión social de los Estados miembros.
La financiación procedente del BEI cuenta con condiciones favorables respecto a fuentes alternativas de crédito, lo que permite al IVF, trasladar una ventaja en términos de coste y de plazo a la financiación de los proyectos que cumplan con los criterios de elegibilidad que el BEI establece relativos al objeto de la inversión, tipo de sector productivo, tamaño de la empresa, coste del proyecto y plazo de la financiación.