Transparencia IVF
IVF
- Decreto 161/2014, de 29 de julio, de segunda modificación del Decreto por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Vasco de Finanzas.
- Decreto 87/2010, de 16 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Vasco de Finanzas.
- Decreto 218/2008, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Vasco de Finanzas.
- Ley 19/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Instituto Vasco de Finanzas.
FINKATZE KAPITALA FINKATUZ, SA
Cuentas anuales
- 2023: IVF / FINANTZE KAPITALA FINKATUZ, SA
- 2022: IVF / FINKATZE KAPITALA FINKATUZ, SA
- 2021: IVF / FINKATZE KAPITALA FINKATUZ, SA
- 2020: IVF
- 2019: IVF
- 2018: IVF
- 2017: IVF
- 2016: IVF
- 2015: IVF
- 2014: IVF
- 2013: IVF
- 2012: IVF
- 2011: IVF
- 2010: IVF
- 2009: IVF
Memoria de cumplimiento
El Fondo Finkatuz es un instrumento para la adquisición, enajenación y gestión de participaciones financieras a largo plazo en grandes empresas de Euskadi con el objetivo de garantizar que mantengan su arraigo y ejerzan un carácter tractor sobre el conjunto del tejido productivo vasco.
Así mismo el IVF que es quien despliega el instrumento ha aprobado ya en su consejo de administración los principios de inversión a los que se ajustarán estrictamente las decisiones de participación siguiendo criterios de total transparencia, tanto en lo que respecta a su decisión inicial de inversión, como a la vigencia de las mismas en periodo de tenencia de las participaciones.
Los principales principios de inversión son :
- Tamaño de empresa: volumen de facturación superior a 100 millones de euros y cuyo nivel de empleo sea, al menos, de 50 empleados.
- Forma jurídica: sociedades de capital y cooperativas con domicilio social en Euskadi. También en sociedades anónimas cotizadas. No se podrá participar, simultáneamente en el tiempo, en empresas que formen parte de un grupo.
- Arraigo en Euskadi. El concepto de arraigo estará vinculado con el del domicilio fiscal de la empresa o el de un establecimiento permanente de la misma. La vocación de la participación es de permanencia, por lo que no hay un límite temporal.
- Empresas en crisis: excluidas.
- Porcentaje de participación: mínimo del 3% o 5% (en función de si se trata de sociedades cotizadas o no) y un máximo de un 20% del capital. Estos porcentajes son orientativos y podrán modificarse, al alza o a la baja, en función del tamaño de la sociedad participada. En ningún caso superará el 49% del capital.
- Sectores estratégicos preferentes: Aeronáutica, Alimentación, Automoción, Biociencias, Contenidos Digitales, Ecoindustrias, Energía, Maquinaria, Productos e instalaciones siderúrgicas, Tecnologías electrónicas y de la información, y Transportes, movilidad y logística.
- Porcentaje límite de participación en relación al total de la cartera. Diversificación del riesgo y que evitar concentrar más de un 30% en un ámbito sectorial definido.
- Due Diligence: análisis de riesgos legales. El IVF sólo participará en empresas que respeten toda la normativa que le sea aplicable y que apliquen principios de buena gestión, buen gobierno, que dispongan y apliquen códigos de buena conducta o éticos y que respeten los aspectos medioambientales.
Para la gestión del fondo, el Gobierno Vasco aprobó la creación de la sociedad pública “FINKATZE KAPITALA FINKATUZ, SA”, con un capital social fundacional de 160 millones de euros, cuyos estatutos se puede encontrar aquí.
Los Estatutos Sociales de Finkatuz regulan, entre otras cuestiones, los términos y condiciones que rigen el proceso de valoración de la entrada de Finkatuz en el capital social de sociedades y las pautas de actuación en las sociedades participadas (en adelante, conjuntamente, los “Criterios de Inversión”). Al objeto de dar cumplimiento a los Criterios de Inversión y facilitar el procedimiento de valoración de entrada por Finkatuz en la empresa, esta facilitará a Finkatuz la siguiente documentación prevista en el artículo 7 de los Estatutos Sociales:
- Informe económico financiero que deberá contener una valoración de mercado de la empresa determinado por un experto independiente (un banco de inversión o sociedad especializada en operaciones de corporate-finance de reconocido prestigio) distinto del auditor de cuentas de la empresa.
- Plan Estratégico (estrategia empresarial y plan de negocio).
- Informe de análisis de riesgos legales de naturaleza mercantil, laboral, fiscal y financiera (Vendor Due Diligence) realizado por firmas especializadas en operaciones de adquisición de reconocido prestigio.
Los costes asociados a la emisión de los informes requeridos serán satisfechos por la empresa, sin perjuicio de la posible compensación de los mismos en el supuesto de no ejecución de la operación de inversión y siempre que se cumplan determinados requisitos (que la operación no llegue a ejecutarse por decisión de Finkatuz, que los informes de los que deriven los gastos cumplan las condiciones indicadas y que los gastos se encuentren debidamente justificados y acreditados).
En cumplimiento de las obligaciones previstas en la Disposición adicional duodécima de la Ley 13/2019 de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, se puede encontrar aquí la memoria anual sobre la gestión del fondo Finkatuz.
- Contratos. Revascon (Registro de Contratos).
- Volumen presupuestario de contratos adjudicados por tipo de procedimiento:
- Convenios. Detalle de la relación de convenios suscritos.
- Subvenciones. Esta entidad no concede ayudas ni subvenciones.
Esta entidad no posee ningún bien inmueble ni ostenta ningún derecho real sobre bien inmueble alguno.